Incidencia con Propósito en la Industria del Cannabis

 

En Heliaz, creemos que el futuro de la industria de la especie Cannabis Sativa L depende de un marco legal que proteja a todos los actores y el potencial de la innovación.

Nuestra labor de incidencia no busca privilegios, sino claridad. Trabajamos para impulsar leyes que aporten seguridad jurídica, transparencia y un estándar de excelencia. Entendemos que una regulación sólida es la única vía para un crecimiento con ética y sostenibilidad.

Acompañamos la evolución de la norma, cuidando el futuro del sector.

Propuesta de Ley de Investigación y Regulación del Cannabis en Argentina – Ley IRCA


Introducción

Argentina cuenta con un marco legal incipiente para el cannabis medicinal a través de la Ley 27.350, que desde 2017 promueve la investigación y el uso terapéutico bajo la supervisión del Ministerio de Salud, dando origen al REPROCANN (Registro Programa Cannabis) en 2020.

El REPROCANN permite el cultivo y consumo de cannabis con fines medicinales, así como la dispensa a usuarios registrados por parte de ONGs y empresas comerciales con proyectos de investigación aprobados. Actualmente, existe una demanda creciente reflejada en aproximadamente 90.000 solicitudes pendientes, adicionales a las 200.000 vigentes.

En este contexto, las ONGs y personas jurídicas dedicadas a la investigación y dispensa han transitado un proceso de readecuación ante el Ministerio de Salud —con fecha límite al 4 de diciembre de 2025, conforme a la Res. MS 1780/25—, asumiendo además los nuevos requisitos operativos impuestos por dicha resolución. Esta normativa busca corregir los desvíos detectados y consolidar una base de datos clara y ordenada.

Adicionalmente, en 2022 se sancionó la Ley 27.669 (Ley Industrial), que regula la producción y comercialización de cannabis medicinal y cáñamo industrial. Aunque establece un sistema de licencias para toda la cadena de valor, a la fecha las autorizaciones se han limitado mayoritariamente al cáñamo, sin integrar plenamente al cannabis medicinal en la agenda comercial. La normativa prevé que la ARICCAME emita un procedimiento simplificado para que las entidades sin fines de lucro (ONGs) puedan adecuarse a la ley industrial y acceder al mercado legal.

La culminación exitosa de esta etapa de investigación (2 años) permitiría que las ONGs y personas jurídicas bajo la Ley 27.350 sean consideradas readecuadas en el marco de la Ley 27.669, obteniendo las licencias correspondientes ante ARICCAME para ejercer actividades comerciales lícitas.

Propuesta
Este proyecto propone un modelo de dos etapas para la investigación y eventual regulación del cannabis en Argentina, aprovechando el marco legal existente para generar datos críticos en la toma de decisiones informadas. Esta propuesta se proyecta como el camino legal hacia la regulación del uso adulto, cuya discusión se dará en una segunda etapa basada en evidencia recolectada durante 24 meses.

La investigación está prevista para iniciar el 1 de abril de 2026, coincidiendo con la renovación del registro de operadores ante el INASE (Instituto Nacional de Semillas), garantizando estándares de calidad y trazabilidad.

El modelo se inspira en las experiencias de Canadá y Alemania, donde se han observado resultados favorables: aumento de ventas legales, reducción de la criminalización, fomento del autocultivo y creación de empleo. Siguiendo estas recomendaciones, la propuesta enfatiza la capacitación, la educación y la inversión en equipamiento de control, con revisiones normativas semestrales.

ETAPA 1: Investigación y Dispensa Controlada (Duración: 2 años)
Se propone investigar tres áreas troncales lideradas por profesionales técnicos:

1) Económico-financiera: Análisis del impacto en el mercado laboral y evaluación del flujo de fondos generado por la dispensa.

2) Salud: Investigación sobre el uso de aceites, resinas y vaporización para el tratamiento del dolor, con el fin de sustituir sustancias de alto potencial adictivo como opioides (tramadol) y benzodiacepinas. Los centros de salud actuarán como puntos de recolección de datos y distribución gratuita de materia prima proporcionada por las ONGs (productos trazados y cromatografiados).

3) Social: Análisis del impacto en la salud pública, protección de menores y seguridad ciudadana. Se evaluará si la flexibilización de la dispensa previene conflictos sociales y crisis de consumo de sustancias altamente adictivas como por ej el fentanilo. .

Mecanismo de Dispensa Controlada
La dispensa se realizará a través de ONGs y proyectos de investigación amparados por la Ley 27.350. Bajo este esquema:

  • Se permitirá la venta directa a cualquier persona inscrita en el REPROCANN (no solo a socios directos).
  • Las facturas emitidas incluirán un código específico para nutrir la investigación económico-financiera.
  • En caso de necesidad, las ONGs podrán abastecerse de empresas privadas autorizadas por el Ministerio de Salud.


Sinceramiento del Sistema

Se propone una actualización (encuesta) en la plataforma MiArgentina:

  • Aprobación automática de trámites pendientes.
  • Declaración obligatoria del tipo de uso por parte de usuarios (medicinal, adulto o ambos).
  • Restricción de acceso a menores de 18 años, salvo estricta justificación médica.


Condiciones para ONGs y Empresas:

  • Venta: Limitada a mayores de 18 años (salvo excepción médica en REPROCANN).
  • Trazabilidad: Uso exclusivo de genéticas registradas en INASE y cumplimiento de Buenas Prácticas (SENASA, INTA, INTI).
  • Requisitos de participación: Solo podrán participar ONGs legalmente constituidas que hayan cumplido con la readecuación de la Res. 1780/25.
  • Aportes: Las ONGs donarán el 10% de su producción de aceite medicinal para fines paliativos y pagarán impuestos por ventas que superen un umbral determinado. Las empresas privadas aportarán a un fondo para financiar a los equipos de investigación.


Federalismo: Las provincias con normativa propia deberán remitir su información base al Ministerio de Salud de la Nación.

ETAPA 2: Regulación del Uso Adulto
Tras los 2 años de investigación, y sujeto a resultados positivos en los indicadores de salud, economía y seguridad, se iniciará el proceso legislativo para la regulación integral del uso adulto en el territorio nacional.

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